COMUNICADO DE PRENSA
Los organismos de DDHH de
Tucumán, los familiares de detenidos desaparecidos y víctimas testigos que
fueron parte de la Megacausa Operativo Independencia, nos dirigimos a la
ciudadanía democrática de nuestro país para hacer pública nuestra perspectiva
ante la reciente sentencia en este juicio:
1) Se llega a esta sentencia
tras 42 años de lucha y exigencia de justicia por lo que sostenemos como un
logro de esos años, que en la histórica resolución se haya reconocido que los
delitos cometidos por las fuerzas militares y de seguridad durante el Operativo
Independencia, decretado en 1975 por la entonces presidenta Estela Martínez de
Perón, son crímenes de lesa humanidad. Así lo confirman las condenas a prisión
perpetua de Roberto “El tuerto” Albornoz , Luis Armando De Cándido, Ricardo O.
Sánchez, Miguel A. Moreno, Jorge Omar Lazarte y Enrique J. Del Pino.
El veredicto deja atrás las
especulaciones sobre si durante la vigencia de un gobierno civil elegido
democráticamente, el accionar criminal de las fuerzas militares y policiales, y
sus cómplices civiles, podía ser juzgado bajo los mismos parámetros que los
hechos producidos en la dictadura del Proceso de Reorganización Nacional o si
se trataba de delitos comunes. Las condenas a prisión perpetua ya destacadas
cierran este debate, e implica que el plan de violaciones sistemáticas a los
DDHH en Tucumán comenzó en 1975 y en este sentido, ahora, por fin ha llegado
parte de la reparación histórica.
2) Sin embargo, si bien las
calificaciones de los delitos en esta sentencia constituyen la reivindicación
de la verdad histórica, consideramos que las absoluciones de los imputados
Ramon C. Jodar, Jose Luis del V. Figueroa, Jose E. Cuesta, Francisco C. Orce,
Alberto A. Svendsen, Jose R. Abba y Omar E. Parada, no se condicen con los
hechos y pruebas aportados durante más de un año y medio de debate. También
resulta contradictorio que para los delitos más graves que haya conocido la
humanidad, la pena impuesta en dos casos (Castelli y Capitán) sea irrisoria y
mucho menor a la aplicada al personal policial subalterno, usando para ello
este Tribunal una vez, la declaración de inconstitucionalidad de la prisión
perpetua.
Repudiamos la absolución de
Omar Edgardo Parada, el militar con el rango más alto, que estuvo al mando del
Centro Clandestino de Detención que funcionó en la base militar de Santa Lucia,
y por ello principal responsable de los delitos sufridos por los habitantes de
esa localidad.
3) Ningún tribunal del país
que haya juzgado delitos de lesa humanidad utilizó con anterioridad al
denominado “error de prohibición” para absolver a imputados por estos graves
crímenes puesto que ello implica entender que quienes allanaron ilegalmente
moradas y detuvieron ilegalmente personas (es decir secuestraron) no sabían que
sus conductas eran ilícitas, ya que siguieron las órdenes de sus superiores.
Ello implica abrir la puerta nuevamente a la excusa de la obediencia debida.
Esto resulta además increíble en casos de imputados como Ramón Jodar, quien ya
tiene una condena anterior por estos delitos y fue sindicado por diversas
personas como autor de secuestros en Tafí Viejo.
4) Otro recurso inusitado
que utilizó el voto de la mayoría del Tribunal Oral Federal de Tucumán es la
exclusión de la pena accesoria de degradación militar de Pedro Adolfo López, al
considerar atenuante la participación posterior del imputado en la Guerra de
Malvinas. Muchos de los imputados en estos juicios participaron luego de la
guerra de Malvinas, es el caso de Astiz o Mario Benjamin Menéndez, ello no
quita la gravedad de los delitos que cometieron antes, en el marco de un ataque
generalizado y sistemático de la población civil. Antes de ir a Malvinas López
atentó física y emocionalmente, contra un conjunto de argentinos secuestrados y
torturados y eventualmente desaparecidos… no existe ningún heroísmo en ese
accionar..
Porque no reconocemos como
definitiva esta sentencia y ante la libertad de estos acusados, desde ya,
manifestamos que es responsabilidad del Estado garantizar la seguridad de los
testigos
Las características de la
sentencia de la causa Operativo Independencia nos obliga a seguir exigiendo y
luchando por Justicia.
Sabemos que lo imposible
solo tarda un poco más, y lucharemos para conseguirlo.
POR TODO ESTO DECIMOS:
-30.000 COMPAÑERXS DETENIDXS
DESAPARECIDXS, PRESENTES!!!
-NO AL 2X1 PARA LOS
ASESINOS, TORTURADORES, DESAPARECEDORES EN NUESTRA ARGENTINA.
-HACEMOS RESPONSABLE AL
ESTADO ARGENTINO POR LA SEGURIDAD DE LOS TESTIGOS VÍCTIMAS DE ESTE JUICIO.
(Fotografía de Elena Nicolay)
|
H.I.J.O.S.,
Tucumán, Asociación Madres de Plaza de Mayo filial Tucumán, APDH, FADETUC,
Fundación Memorias e Identidades del Tucumán, Liga Argentina por los Derechos
del Hombre, Comisión por los Derechos Humanos de Tafí Viejo, Asociación de Ex
Presos Políticos de Tucumán, Secretaria de DDHH de CTA, Tucumán, Agrupación de
EX PP Héroes de Trelew de Tucumán.
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